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Ninguna de estas cualidades parece que tuvo en cuenta, en 1587, un zapatero que había en Sevilla, llamado Luís Sánchez, el cual era popular entre la gente de baja ralea, y valiéndose de resortes que supo hábilmente tocar y de la influencia del canónigo y arcediano don Alonso Fajardo de Villalobos, obispo titular de Esquilache, consiguió que el Provincial de la Santa Hermandad le diese el cargo de secutor, el cual era provechoso por las ganancias y gajes varios que traía consigo.

Como es parroquia la ALJAFERÍA tiene libros parroquiales, y los que hoy existen principian por la partida de bautismo de José Pedro León Guiralt en 29 de Junio de 1687: pero al primer folio de este libro hay una certificacion de D. Simon Cenon de Rojas, secretario de la inquisicion en que dice haberlo entregado de órden del santo tribunal al rector D. Francisco Ferrery Berges, y haberse quedado en el archivo del citado tribunal por justas causas el tomo anterior que comenzaba en el año 1587.

Felizmente fué acogida por las autoridades esta opinión benévola, y en el año de 1587 se dió permiso formal para la representación de comedias, fundándose en el dictamen de esos célebres teólogos, aunque con las restricciones indicadas, que, á la verdad, hubieron de repetirse más tarde.

Está situado en la resguardada bahía á que da nombre, cuya bocana se abre entre las costas de Natunanan y las de San Miguel. La fundación de este pueblo se remonta al año 1587, en que fué barrio de Daraga hasta 1616.

Nuevamente se reiteró por Sisto V en bula de 5 de Octubre de 1587, confirmada después por otra del Pontífice Gregorio VIII, fecha 3 de Julio de 1593.

No se olvidó el autor de darnos algunos detalles de cómo estaban las casas de baños en aquellos días de 1587, en que escribía, y así añadió lo siguiente: «A las grandes salas donde se bañan salen sus caños que corren de agua caliente y también fría.

La luz artificial, que se empleaba en ellos, no tanto se encendía para comodidad de los concurrentes, cuanto para honrar al Santísimo Sacramento. Reanudando el hilo cronológico de nuestra narración, interrumpido en el anterior capítulo, hacia el año 1587, indicaremos algunas particularidades relativas al teatro.

El Rey D. Pedro el IV ennobleció a Teruel con el título de Ciudad, aunque solicitó de la Santa Sede la erección de Catedral, no tuvo efecto hasta que a petición de Felipe II fue erigida por Gregorio XIII en 30 de Julio de 1577, y arreglada por Sisto V en Bula de 5 de Octubre de 1587, y confirmada después por Clemente VIII por la suya de 3 de Julio de 1593.

Las autoridades no examinaban previamente las producciones dramáticas, bastándoles vigilar con indulgencia la representación; y los alguaciles, encargados especialmente del buen orden y de la policía de los teatros, al parecer no se proponían otro objeto que el asegurar las entradas en la caja de las compañías . Cayeron por estas causas en desuso las disposiciones legales sobre los teatros, que se promulgaron en el año de 1587, aprovechándose los empresarios ó directores de la ocasión para libertarse de las restricciones que se les habían puesto, bailándose en la escena hasta las danzas prohibidas, como la Zarabanda, la Chacona, etc.

Fué el local que hoy ocupa el coliseo, como es sabido, hospital del Espíritu Santo. Este hospital existía desde muy remota fecha y en 1587 se reunieron en él otros menores, agregándole las rentas de treinta y ocho de los que entonces se suprimieron, con lo que creció mucho su importancia, comenzando por aquel tiempo á labrar el espacioso edificio que ocupaba en la calle Colcheros.