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Desde el año 316 se hace ya frecuente mención de las antífonas y responsos . El canon 14 del cuarto concilio toledano habla de una costumbre religiosa nacional, observada especialmente en las iglesias en las fiestas de los mártires y en la del domingo, en las cuales se cantaba en ellas el himno de los tres mancebos dentro del horno . Otra ceremonia, digna de ser recordada por su índole mímica, era la del lavatorio de los pies de los pobres de cada diócesi por su obispo, celebrada el Jueves Santo . Puede decirse que casi todas estas fiestas religiosas, en que comienzan á aparecer los primeros elementos dramáticos, se introdujeron en España desde el siglo V. Frecuentes y suntuosas fueron también las procesiones ; y al paso que estas ceremonias del culto satisfacían la afición á los espectáculos, se introducían en las iglesias otros enteramente mundanos, como cánticos, danzas y bufonadas . El concilio toledano del año 633 prohibió la fiesta de los locos .

Para impedir que los prelados se apoderasen de cosa alguna de la iglesia, ó apropiasen á su catedral lo que era de las parroquias ó monasterios, estaba mandado que todo obispo despues de su consagracion se hiciese cargo con inventario formal y delante de cinco testigos de lo que se le entregaba en bienes raices y muebles, y en su archivo tuviese nota auténtica de las haciendas y haberes de todas las iglesias de su diócesi.

D. Pedro 3.º espidió un título de presentacion de uno de los presbiterados de la ALJAFERIA en favor de Francisco Fábrica, presbítero de la diócesi de Barcelona, y en este documento hace relacion, de que por la disposicion testamentaria de su esposa Doña Maria habia mandado instituir seis capellanias ó presbiterados, dos para la capilla del palacio de Barcelona, dos para la ALJAFERÍA de Zaragoza, y dos para la capilla real de Valencia, cuyo patronato correspondia al rey; y resulta por una nota al pie, que aquel mismo año se proveyeron tres de estos presbiterados.

Y el piadoso zelo que Vs. ms. tienen del prouecgo de mis feligreses en el servicio de me Señor me obliga mas, La doctrina del padre fray Moreno donde qaiera que aestado agecgo siempre muego fruto acompañada de subuena vida y exemplo y estoy mux satisfecgo de que El resida en esta mi diócesi: pero, por lo que dicgo tengo procuraré con sus superiores que para el tiempo que Vs. ms. señalan le den licencia que torne a essa ciudad y en todo lo demás que ocurriere Vs. ms. no dexen de mandar en esta casa donde ay muy entera voluntad para servilles, cuyas muy Rdas. personas ntro.

En tiempo de Jaime todavia parece que los monges del monasterio de Crason, diócesi de Carcasona, conservaban derecho á la capellanía del castillo, pues segun un despacho dado en Valencia en las nonas de agosto de 1308 manifiesta este monarca, que sus progenitores de feliz memoria, habian establecido en su ALJAFERIA de Zaragoza una capilla á honra del bienaventurado S. Martín confesor, que debia servirse por el abad ó rector de Crason, diócesi de Carcasona, ó por el que comisionase el mismo abad, por lo que mandó este monarca al merino y oficiales de Zaragoza, que tuviesen por prior á Fr.