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Todas las clases o grupos sociales tienen derecho a ser representados en las legislaturas para trabajar por las leyes que afectan a sus intereses; los comerciantes pueden eligir a uno de ellos, lo mismo los agricultores, los obreros y los industriales; pero a las mujeres, que no son meramente un grupo sino un compuesto de grupos, con representar la mitad de un país, con propios intereses que sostener no sólo en relación a su sexo sino también en relación a su situación dentro de la familia, no se les permite votar y por tanto no se les permite tener una representación que sostenga aquellas leyes o medidas necesarias para su protección y mejoramiento. ¿Es esto justo? ¿Es siquiera moral?

La sufragista, por el hecho de serlo, no es antagónica a los deberes de la familia, antes bien comprende que el bienestar de la familia es el fundamento del bienestar de la sociedad, y tiene conciencia de que las miserias y vicios sociales afectan a la familia y ella puede y debe acudir a remediar con el hombre esas miserias y esos vicios.

¿Cuál es la diferencia, digo ahora, de que la mujer salga también de su casa para asistir o tomar parte en un miting político donde se trata de las necesidades públicas o de la conveniencia de eligir a éste o a aquél funcionario? ¿Qué peligros puede haber para la virtud o pureza de la mujer en que ella se interese en los asuntos públicos que afectan al bienestar de las familias, puesto que la mujer en cualquier estado de su vida ocupa siempre una posición dentro de la familia? ¿Por qué ha de considerarse que la mujer dejará en las zarzas de la política la flor de sus encantos si oye a un orador político ella que está acostumbrada a oir sermones o, si el caso se presenta, pronuncia ella misma un discurso expresando su opinión sobre algún asunto de interés para la familia, sobre la necesidad de remediar ciertos males sociales o sobre la conveniencia de recoger a niños abandonados o desválidos?