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Actualizado: 23 de julio de 2025


El Visitador, a poco de llegado a Lima, se convenció de que la tierra era muy rica y la comisión sabrosa y de papilla. Item, adivinó, sin ser brujo, que los peruleros éramos mansitos de genio y, por ende, susceptibles de soportar cuanta albarda pluguiera a su señoria echarnos a cuestas.

Una ley suntuaria de Carlos V, del año 1534, prueba cumplidamente que no era tan pobre el aparato escénico de los teatros de esta época como acaso se piensa . Después de hacer ciertas prohibiciones generales, relativas al lujo de los trajes, añade: «Item mandamos que lo que cerca de los trajes está prohibido y mandado por las leyes de este título, se entienda asimismo con los comediantes, hombres y mujeres, músicos y las demás personas que asisten en las comedias para cantar y tañer, las cuales incurren en las mismas penas que cerca de esto están impuestasEs por tanto evidente que cuando se cree necesario dar estas leyes acerca de los trajes, señal indudable de su lujo y riqueza, no sería insignificante el personal de las compañías.

»Ítem, es mi voluntad que si Antonia Quijana, mi sobrina, quisiere casarse, se case con hombre de quien primero se haya hecho información que no sabe qué cosas sean libros de caballerías; y, en caso que se averiguare que lo sabe, y, con todo eso, mi sobrina quisiere casarse con él, y se casare, pierda todo lo que le he mandado, lo cual puedan mis albaceas distribuir en obras pías a su voluntad.

Item ordenamos que los canelones de sidra, ó canela, avellanas ó anís liso ó labrado, culantro liso ó labrado, almendra pelada ó raída y entera, y piñones y grajeas, á todo esto sea y se haga de un azúcar blanco, de arriba á bajo, sin otra mistura, so pena de dos mil maravedís por la primera vez, y por la segunda pena doblada, y por la tercera vez sea perdida la dicha colación y no tenga tienda por seis meses

»Ítem, suplico a los dichos señores mis albaceas que si la buena suerte les trujere a conocer al autor que dicen que compuso una historia que anda por ahí con el título de Segunda parte de las hazañas de don Quijote de la Mancha, de mi parte le pidan, cuan encarecidamente ser pueda, perdone la ocasión que sin yo pensarlo le di de haber escrito tantos y tan grandes disparates como en ella escribe, porque parto desta vida con escrúpulo de haberle dado motivo para escribirlos.

Item para adereçar la piedra vna libra de cera blanca á 6 y medio. 220 Vn real de trementina. 34 Media libra de albayalde fino. 48 Mas vna libra de almaciga blanca escoxida para el dicho efecto, 20 rs. 680 Item vn anafe. 24 De vna caçuela medio real. 24 De carbon 8 libras á 6 mrs. 48 Mas de pez medio real. 16 Item. 6 rs. de dos bisagras de fierro para la dicha piedra. 204 A Martín Cardeno el maestro que adereço esta piedra 60 rs. concertado en este precio por el maestro mayor destos Alcázares 2.060

Entró el escribano con los demás, y, después de haber hecho la cabeza del testamento y ordenado su alma don Quijote, con todas aquellas circunstancias cristianas que se requieren, llegando a las mandas, dijo: -Ítem, es mi voluntad que de ciertos dineros que Sancho Panza, a quien en mi locura hice mi escudero, tiene, que, porque ha habido entre él y ciertas cuentas, y dares y tomares, quiero que no se le haga cargo dellos, ni se le pida cuenta alguna, sino que si sobrare alguno, después de haberse pagado de lo que le debo, el restante sea suyo, que será bien poco, y buen provecho le haga; y, si como estando yo loco fui parte para darle el gobierno de la ínsula, pudiera agora, estando cuerdo, darle el de un reino, se le diera, porque la sencillez de su condición y fidelidad de su trato lo merece.

Item, que su Mag. cometa a alguna persona platica de estas cosas, q. busque la forma en que se pueda cumplir lo de mas. Declarándole ser su voluntad verdadera q. aquello aya effecto. Porque de otra manera será cansar a Su Mag. y andar Ant. Al fin, digo que pretende, que es, ó ser de su Mag. ó suyo, y esto con breuedad por las muchas consideraciones ya declaradas.

Item, se advierte que ningun poeta sea osado de escribir versos en alabanzas de principes y señores, por ser mi intencion y advertida voluntad, que la lisonja ni la adulacion no atraviesen los umbrales de mi casa.

Item, se ordena que todo poeta de qualquier calidad y condicion que sea, sea tenido y le tengan por hijodalgo en razon del generoso exercicio en que se ocupa, como son tenidos por cristianos viejos los niños que llaman de la piedra.

Palabra del Dia

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