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Es tambien interesante este instrumento, porque no existiendo el repartimiento de Córdoba, por él se tiene noticia de muchas posesiones y derechos, cuyo conocimiento es útil para el estudio de la corografía y de nuestro antiguo sistema tributario. Copiamos de él lo siguiente: «Luzena y Bella con todos sus términos, al señor obispo, como las dió el rey á la Eglesia.

El Código de las Partidas, fiel espejo de las costumbres y de las ideas de aquella época, y mas útil para ser consultado bajo este concepto que como norma de la vida pública y privada de los hombres del décimotercio siglo, cuya aquiescencia no obtuvo, nos esplica por qué era tolerada la maligna gente judáica á pesar de estos atentados. «La razon porque la Eglesia, et los emperadores, et los reyes et los otros príncipes sufrieron á los judíos vivir entre los cristianos es esta: porque ellos viviesen como en cautiverio para siempre, et fuese remembranza á los homes que ellos vienen del linage de aquellos que crucificaron á nuestro Señor JesucristoSolo para que se cumpliese la divina promesa de su dispersion y cautiverio se les consentia morar entre cristianos; pero para que de su trato y comunicacion no se originasen males semejantes á los que ahora se padecian, tenian asignado para sus viviendas un barrio separado, con el nombre de judería, y se les obligaba á llevar un distintivo especial.

Tocó al obispo la mitad de todas las aceñas que la Eglesia en esta cibdat e la otra mitad al cabildo e dicho señor obispo D. Gutier asignó al comunal de las raciones en la parada que cayó al cabildo todos los heredamientos e que los haya en esta forma.

Por grant sabor que habemos de facer bien e merced al obispo D. Ferrando e al cabildo de la Eglesia catedral de la N. C. de Córdoba la que ganó el muy noble rey D. Ferrando nuestro padre de moros e la pobló de cristianos á servicio de Dios e de Sancta María, e por las almas del muy noble rey D. Ferrando nuestro padre et de la muy noble reina D.ª Beatriz nuestra madre, e por remision de nuestros pecados, dámosles e otorgámosles carta, bien á los que agora y son como á los que serán de aquí adelante, para siempre jamás, las nuestras treinta y tres tiendas que son cerca de la misma Eglesia.

Cayó en parte al cabildo Tiñosa con todos sus términos e todo el almoxarefadgo de Córdoba e todas las tiendas fechas e por façer assi como el rey lo dió a la Eglesia. De las viñas e huertas cayó la mitad al obispo e la otra al cabildo.

Et agora el cavildo de la Eglesia de Sancta María querellóseme que los moros que non son maestros que non quieren y labrar, porque dizen que lo non dizia en la otra carta que les el rey dió primeramient, et despues que ge lo mostraron et que les mando dar su carta con su sello colgado, et mando que tambien los moros maestros como todos los otros de la villa fuessen labrar dos dias en el anno en la lavor de la Eglesia, et que me pidiese merced que mandasse y lo que toviesse por bien.