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El Presidente hace mencion de un manifiesto que mandò publicar á la conclusion del Tratado de Paris anunciando á los filipinos que "los americanos no habìan venido en son de invasores y conquistadores, sino como amigos para protejer á los naturales en sus casas, ocupaciones y derechos personales y religiosos." Acerca de este particular encontramos necesaria una explicacion. ¿Se ha preguntado alguna vez al gobierno de los E.U. si existían, no ya el sagrado del domicilio filipino ni la libertad para el trabajo, sino cualquiera de los derechos personales y religiosos? Debemos advertir que nuestra casa, honor, hacienda y libertades ò derechos personales estaban, en tiempo de la dominacion española, á merced de las facultades discrecionales y omnìmodas del Gobernador general español en Filipinas; y por consiguiente no existìan, como tampoco existen ahora. ¿Han venido para establecerles? Entonces debieran declararlos y regularlos préviamente. ¿Se trata de los derechos que todo hombre tiene por naturaleza con anterioridad

El Almirante acogióme en su salón y después de los saludos de cortesía, preguntéle si eran ciertos todos los telégramas que había él dirigido al Cónsul de Singapore, Mr. Pratt, relativos á mi; contestándome afirmativamente, y añadiendo que, Estados Unidos había venido á Filipinas para protejer á sus naturales y libertarles del yugo de España.

3.a "La Independencia impondría á los americanos la tarea de protejer á los filipinos contra cualquier atentado y contra las riñas con otro poder extranjero, á que est

Con el laudable intento de protejer á la infancia desvalida y remediar los males de los adolescentes, reuniéronse unos cuantos hombres de buena voluntad, y hacia el año de 1589 formaron una hermandad con el nombre del Santo Niño Perdido, la cual, sin el apoyo de las autoridades, y sosteniéndose únicamente con el dinero de los hermanos y las limosnas que recogía, logró bien pronto prestar muy señalados servicios.

Debe ser tambien una máxima política del Gobierno protejer esos establecimientos de la capital, cuyos caudales en el caso de una guerra súbita ó de una revolucion estraordinaria en el interior de las Islas, pueden sacarle de un apuro en el estremo de no poder contar ni con las contribuciones del pais, ni con los ingresos de la aduana y rentas.