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Actualizado: 22 de mayo de 2025


En mi pobrísimo juicio, entiendo que en toda ley deben presidir conceptos concretos é ineludibles, huyéndose cuanto posible sea de crear dudas y vacilaciones en los resultados de su aplicación, que originen arbitrarias resoluciones, por más que estén aquilatadas en la prudencia que crean largas prácticas de concienzudos tribunales; y digo esto, porque muchos de los artículos del Código de comercio vigente, son objeto en su aplicación del prudencial arbitrio de aquellos tribunales, pudiendo asegurar, sin temor de equivocarme, que de los 70,000 chinos que viven en Filipinas, el 80 por 100 se dedican á comprar y vender, ejerciendo por lo tanto el comercio, sin que ninguno de esos miles de comerciantes esté dentro del Código de comercio, y mucho sería encontrar casas españolas ó extranjeras que puedan justificar estar libres de olvidos de algunas prevenciones del Código.

Yo pregunto: ¿qué legislador, qué Moisés o Licurgo, llevó más adelante el intento de refundir una sociedad bajo un plan nuevo? La revolución de 1810 queda por este decreto derogada; ley ni arreglo ninguno queda vigente; el campo para las innovaciones limpio como la palma de la mano, y la República entera sometida sin dar una batalla siquiera y sin consultar a los caudillos.

Recordemos el argumento de «La ley del hombre», y los dos terribles conflictos de «Las tenazas». ¿Qué hará aquella mujer á quien su marido, escudado en la legalidad, no quiere devolver su independencia? ¿Qué hará aquel hombre que no puede recobrar el hijo que la ley confió á la madre?... Nada: la fatalidad de lo establecido, de lo vigente, les sujeta por el cuello, forzándoles á caer de rodillas.

Jamás se había conocido ni se conocerá un propietario más propietario que don Pedro Miranda. Las instituciones de derecho vigente, las del derecho antiguo, las universidades, el ejército, la marina, la constitución política y hasta la religión, no tenían razón de ser a sus ojos sino como elementos que de un modo directo o indirecto afianzaban aquellos derechos.

Porque conforme al tratado vigente entre nuestro país y Francia, debemos gozar de las mismas ventajas que los Franceses. Yo no conozco ese tratado. Pero U., señor comisario, tiene obligacion de conocerlo y tenerlo á la vista, puesto que representa á su gobierno en una funcion que afecta á los extranjeros. Bah! yo no recibo lecciones ni entiendo de tratados. En hora buena, señor comisario.

Que esta orden está vigente, lo por propia experiencia. Siendo yo superior del convento, quise proporcionar ese regocijo á los frailes, mis hermanos y bienhechores, y dispuse que se representasen tres comedias pagándolas anticipadamente. Los actores tomaron el dinero, y nada dijeron de la prohibición legal, que impedía estas representaciones.

Palabra del Dia

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