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Actualizado: 25 de mayo de 2025


Julian de Leiva Licenciado D. Justo José Nuñez, Escribano público y de Cabildo. Concluida la acta que precede, los mismos Señores del Exmo.

Cabildo, hasta tanto que se esplore la voluntad general de los demas pueblos por el medio mas fácil que adopte el mismo Exmo. Cabildo; debiendo tener voto activo el caballero Síndico Procurador general, y decisivo en caso de discordia. Por el Sr. D. Felipe Cardoso, se dijo: Que reproduce en todas sus partes el voto dado por el Sr. Catedrático, Dr.

D. Pedro Viguera, Tesorero de la Real Aduana, se dijo: Que subsista el Exmo. Sr. Virey en la misma autoridad que le ha conferido y puesto á su cargo el Sr. Rey D. Fernando VII, y á su nombre la Junta Central; y que en caso de haber lugar á la subrogacion á pluralidad de votos, sea en el Brigadier, el Sr. D. Bernardo de Velasco. Por el Sr.

En la muy Noble y muy Leal ciudad de la Santísima Trinidad, Puerto de Santa Maria de Buenos Aires, á 25 de Mayo de 1810: sin haberse separado de la Sala Capitular los Señores del Exmo.

Cabildo y por una parte del pueblo habia sido nombrado en este dia, atento al interes de su buen órden y tranquilidad; mas que debiendo ser la opinion, no solo del Exmo. Cabildo, sino la universal de todo el vecindario, pueblo y partidos de su dependencia, pedia se tomára la que faltase y la represente, para la recíproca confianza y seguridad de validez de todo procedimiento.

Nuestro Señor, &c. Al mismo, sobre la demarcacion. Exmo. Señor: Curuguatí, 20 de Junio de 1791. Recibí la de V. E. de 13 del pasado, con la copia de la que V. E. escribió al Señor Virey del Brasil, el 10 de Marzo de 1790.

"Tenemos por infalible que inmediatamente á su partida, mas enconados los ánimos de los rebeldes, siguiendo sus políticas perniciosas de alzarse en el mando, avasallen esta provincia, y embarazen enteramente el tránsito de ella: pero no dudamos que hecho cargo V.S. de los graves motivos que le precisan á mantenerse en esta provincia, hasta nueva órden del Exmo.

Nuestro Señor guarde á V. E. muchos años. Buenos Aires, 31 de Julio de 1796. Exmo. Señor. Otro proyecto de D. Francisco Xavier de Viana.

Y considerando lo que importa conferir tambien la materia con el Gobernador de Chiloé, antes de ocurrir al Exmo. Sr.

Cabildo, que á nombre del Rey Nuestro Señor D. Fernando VII, atienda á la gobernacion y defensa de estos dominios, cuyo Presidente puede ser el Exmo. Sr. Virey, convocando á las ciudades interiores para que envien sus vocales. Por el Sr.

Palabra del Dia

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