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Actualizado: 11 de mayo de 2025
E destos maravedís que á este precio compraron muchas personas de sus reinos, les mandaba dar sus privilegios para que fuesen situados en cualesquier rentas de las cibdades, villas é lugares de sus reinos, para que los oviesen é llevasen todos los años fasta que les mandasen volver las quantías de maravedís que por ellos dieron.
Á los cuales bultos Inca Yupanqui mandó, cuando ansí los mandó poner en los escaños, que les fuesen puestas en las cabezas unas diademas de plumas muy galanas, de las cuales colgaban unas orejeras de oro; y esto ansí hecho, mandó que les pusiesen ansímismo en las frentes, á cada uno destos bultos, unas patenas de oro, é que siempre estuviesen dos mamaconas mujeres con unas plumas coloradas largas en las manos é atadas unas varas, con las cuales oxeasen las moscas que ansí [en] los bultos se sentasen; el servicio de los cuales é que ansí se hiciese á estos bultos, fuese muy limpio; é que las mamaconas é yanaconas, cada é cuando que delante destos bultos pareciesen á les servir y reverenciar, é otros cualesquier que fuesen, viniesen muy limpios é bien vestidos, é con toda limpieza é reverencia é acatamiento estuviesen delante destos tales bultos.
Tal ha sido la conducta del pueblo de Buenos Aires en propender á que examinase si, en el estado de las ocurrencias de la Península, debia subrogarse el mando superior de gobierno de las provincias del vireinato en un Junta Provisional, que asegurase la confianza de los pueblos y velase sobre su conservacion contra cualesquier asechanzas, hasta reunir les votos de todos ellos, en quienes recae la facultad de proveer la representacion del Soberano.
E porque estos prestidos que podian ser en número de cien cuentos, no bastaban á los gastos continos que se recrecian en la guerra, acordó vender alguna cantidad de maravedís de sus rentas para que los oviesen por juro de heredad cualesquier personas que los querian comprar, dando diez mil maravedís por un millar.
Agosto de 1825, y Bellermann, Die alten Liederbücher der Portugiesen: Berlín, 1840, pág. 55. "Non há mucho tiempo que cualesquier decidores é trovadores destas partes, agora fuesen castellanos, andaluces ó de la Extremadura, componían todas sus obras en lengua gallega ó portuguesa." Sánchez, Colección de poesías castellanas anteriores al siglo XV. Edición de París, pág. 16.
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