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Por lo menos yo no hallo respuesta á las razones que ellos puedan dar, y no han dado todavia, segun creo, en apoyo de su repugnancia á los Igatimí é Ipanè.

En cuanto á la importancia del asunto, debo informar á V. E. que de demarcar los Igatimí é Ipané en lugar del Yaguarí y el que lo encabeza, hay 30 leguas de latitud, y 3º-1/4 de longitud, segun se en el mapa adjunto. Que si la línea va por los dos segundos, quedarán por nosotros los mejores y mas abundantes minerales de yerba con las mejores tierras que hay desde allí al Rio de la Plata; que tendremos franca la comunicacion del Perú por los Chiquitos, y finalmente, extendiéndonos hácia el norte, quizás no pasar

En luengo dél arriba caminando, A la Fuente de Lirios allegaron, nace el Ipané tan afamado, A quien el indio llama Desdichado. El piloto mayor con el navío, Llegando á Santa , salió gozoso: Alaban los de allí su desvario, Diciéndole que ha sido venturoso.

No estoy instruido en los hechos pasados, y deseo acertar. Tengo entendido que, en la demarcacion del año de 1753, tomaron los comisarios por límite los rios Igatimí é Ipané, dejando á los Mbayás por Portugal. Por otra parte veo que los Lusitanos, contra la misma demarcacion y su tratado, fortificaron la orilla del Igatimí: que S. M., ó su Real Consejo de Indias, expidió cédula de aprobacion á favor de la fundacion de la villa de la Concepcion, situada al norte del Ipané, en tierras de los Mbay

Vamos á lo substancial, y para hacerme entender agrego un mapita, que aunque no sea exacto en cuanto al curso de los rios menores, lo es suficiente para explicar mis ideas. En él se la distancia de los rios Paraguay y Paraná, dividida en dos trozos: el uno comprende el espacio que hay entre los rios Ipané y Corrientes, y el otro entre el Igatimí y Yaguarí.

Exmo. Señor: Asumpcion, 12 de Abril de 1784. Leidos con atencion los papeles que el Señor D. José Varela me dió cuando salí de esa, concebí que la línea divisoria debia seguir el rio Igatimí hasta su orígen; y luego, segun el artículo 4.^o del tratado, dirigirse al norte por la cresta de una serrania que corre de sur á norte entre los rios Paraná y Paraguay: hasta que se pudiese, cayendo al oeste, cubrir los pastos y yerbales de dos pueblos que tenemos al norte del Ipané, y deben quedar por nosotros, conforme al artículo 16 del tratado, y á la órden de S. M. de 7 de Abril de 1782.

Con el actual grado de claridad se la ignorancia y perjuicio de las ideas viejas, que son; que la línea vaya por los rios Igatimí é Ipané, ó por la referida cordillera: porque con la primera idea perdemos lo que hay desde el paralelo de Concepcion al del rio Corrientes ó Appa, y lo que media desde el Igatimí al Yaguarey ó Monici, que es el verdadero Igurey de los tratados.

Varela, creia que las cabeceras mas inmediatas á las del rio Igatimí, llamadas Aguaray, vertian en el rio Xejuí, y no en el Ipané: pero otras noticias posteriores me persuaden que dichas cabeceras vierten en el Ipané, segun lo creyeron los demarcadores pasados.

Tambien me persuado que alguno ha sabido persuadir á V. E. esta idea, pues que V. E. me ordena que demarque los rios Igatimí é Ipané: pero yo no tengo la culpa de que, por falta de buenas noticias, se haya solicitado lo que nos perjudica infinito, y á mi ver, es contra las reales órdenes y instrucciones que tengo, pues todo se ha hecho sin mi noticia: siendo así, que se debe suponer que yo soy el mas instruido en este punto.