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Habiéndome enterado de todo, es preciso decir á V. E., que extra-judicialmente , que por órden de V. E., ó de su antecesor, se ha solicitado de los Lusitanos, que componen la segunda partida de demarcadores, dos cosas, á saber: la primera, que admitan en la demarcacion el rio Igatimí por el que el tratado llama Igurey, segun está aprobado por S. M. y mandado al antecesor de V. E. por el Sr.

Si los Lusitanos, como lo presumo, no acceden á ello, admitiré al rio Igatimì por lindero y por el Igurey del tratado, y desde sus cabeceras trataré de dirigir la línea hácia el norte, hasta hallar las de otro rio que cubran nuestros pueblos de Belen y Concepcion con sus pastos y yerbales, y de que bajemos, demarcando su curso hasta el rio Paraguay.

Pero si los Portugueses instan por el Igatimí, tendré que admitirlo contra mi dictámen, porque tengo órden para ello del Sr. D. José Varela, mi comisario director, cuya copia incluyo, como tambien de las consultas que le hice sobre el asunto, en las que verá V. E. las razones que tenia y tengo para promover con toda justicia que el Igurey del tratado es el Yaguarey, ó Monici.

D. José de Galves, en 6 de Junio de 1778, cuando se ignoraba la existencia del rio Yaguarey: la segunda es, que se señale por lindero dicho Yaguarey, ó Monici, que hoy llaman los Lusitanos Ibinheyma, tomándolo por el Igurey del tratado.

De lo espuesto se concluye, que hay un rio caudaloso, vertiente por el oeste en el Paraná sobre el Salto grande, y que condice con el Igurey en el nombre; teniendo sus cabeceras inmediatas á las de otro caudaloso que vierte por el este en el del Paraguay en la zona tórrida, que es la seña que daba el tratado penúltimo para conocerlo; cuyas circunstancias hicieron creer á sus demarcadores que era el llamado Corrientes, y como tal le pusieron este nombre: por cuyos motivos parece que estos dos rios son los mencionados en el tratado.

Si el comisario portugues no quiere admitir dicho Yaguarey, ni el Igatimí, no seria dable tratar de demarcacion: porque no habiendo rios que literalmente tengan los nombres de Igurey y Corrientes, será en vano buscarlos, é imposible empezar y seguir. En las instrucciones, que dicho Sr.

En ella se lee que: "juntas en la boca del Igatimí las dos mitades de la subdivision española y portuguesa, han de empezar en este su demarcacion, tomándolo por límite; pues no hay rio alguno que se conosca en el país con el nombre de Igurey, y el Igatimí es el primero caudaloso que entra en el Paraná por su banda occidental, pasado su Salto grande.

Tengo algun antecedente de que mis concurrentes, porque no hallan rio llamado literalmente Igurey, quieren por lindero la Sierra de Maracayú, y no el rio Igatimí. En realidad, aunque es injusta esta pretension infundada, me parece que seria conveniente admitirla con tal que conviniesen en que la raya siguiese por la de San José hasta el rio Paraguay donde

De forma que, hallándose informadas las Cortes de no existir el Igurey, aclararon su intencion, diciendo, que el rio de la demarcacion debia estar sobre dicho Salto, y que por tener esta circunstancia, y no otra, el Igatimí se subrogaba al Igurey.

En efecto, existe el rio Igurey en el concepto del Virey portugues y en el mio, aunque discordamos en cual sea. Bajo de este supuesto, es forzoso que yo oiga á concurrente, para saber cual es su Igurey y las razones en que funda su creencia: y que él me oiga y entienda cual es mi Igurey, y mis fundamentos para tenerlo por tal y por el del tratado.