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Delas quales el S.r D.r Pedro Juan Vaquer p.ro que hase off. de Contador hase Cargo al S.r D. Leonardo Çaforteza Receptor del s.º off. de dha. Inqq.on y juraron dho. S.r D.r Pedro Juan Vaquer p.ro mi verbo Sacerdotis y dho. Sr. D. Leonardo Çaforteza a Dios y vna Cruz que no tienen noticia de otras partidas de los bienes de la dha. Thereza Cortes viuda de que se pueda haser Cargo al dho. Sr.

Las dhas. dos partidas de Censo son las mismas que cedieron en plenitud de derecho Miguel y Raf.l Aguilo hermanos al dho. Receptor por el cumplimiento de las dos mil setecientas y cinquenta libras que importo el capital del propio de las ciento y cinquenta libras de reddito de Censo que Honofre Aguilo su Padre mandó á la dha.

Receptor tuvo primero de aetenerse de lo cobrado, y procedido de dho. sequestro la porción tocante á Joseph Aguilo, relajado, hijo de dicha Thereza, uno que fue delos herederos propietarios del dho. Honofre su Padre, y assí mismo ocho cientas libras que debía dha. herencia de plazos vencidos dela moratoria que se hizo al dicho Honofre Aguilo para pagar la Dote que á la dha.

Juez de Bienes confiscados por Su Magestad, el Doctor Juan Bautista Danús, Ciudadano militar. Don Gaspar de Puig de Orfila y Dameto, Alguacil Mayor. Don Leonardo Zaforteza y Sureda de San Martín, Receptor. Don Manuel Ximénez de Sotomayor, Secretario del Secreto. El Doctor Sebastián Ferragut, Catedrático de Teología en esta Universidad, Secretario del Secreto.

Le bastó a Fermín anunciarse, para que le hiciesen pasar al despacho del señor. Un criado descorrió las cortinas de las ventanas para que entrase toda la luz de la tarde. Don Pablo, apoyado en la pared, inclinábase ante la bocina de un aparato telefónico, manteniendo el receptor en el oído.

Cargo al Receptor Censos sobre los derechos nuebos d. la Univerzidad Mas se le Cargan quarenta y dos libras y diez Sueldos por los Corridos de dho. Censo de los años de 1692 y 1693, havida Consideracion de que este Censo fue Cedido al dho. Mas se le Cargan Cien libras por el propio de quatro libras y diez Sueldos d. Cedieron al dicho Receptor contra dha. Diz.e de 1691.

Ciento y noventa y sincho libras nuebe Sueldos y nuebe mrs. el dho. S.r D.n Leonardo Çafortesa se dió por alcansado; y obligo todos sus bienes ala paga y satisfaccion destas; y lo firma dho. S.r D.r Pedro Juan Vaquer p.ro que hase Officio de Contador, y dho. S.r D.n Leonardo Çafortesa Receptor por ante mi Domingo Ferregut nottde sequestros de dha. Inquisicion de Mallorca en dha.

Ciento y Cinq.ta libras de reddito de Censo fue avisado en junta de hazienda de 29 de Noviembre de 1691 al que dho. Censo se havía de contar al fuero de Cinco libras y diez sueldos por ciento; y que el Receptor se estuviesse en su poder, el propio de dho.

Honofre Aguilo su padre, segun y como mas largamente se conviene lo referido en los autos; y en esta suposición se prosigue á la formación del Cargo de los bienes confiscados a la dha. Thereza Cortes relajada en la forma siguiente== Cargo al Receptor Primeramente se le cargan al dho.

Receptor, en dinero efectivo procedido delo que el Cobrado de bienes de la herencia de dho. Honofre Aguilo, dos mil ciento y sesenta y qua.tro libras cinco sueldos y vn mrs. que en virtud de lo acordado en dha. Junta de hacienda, se deben aplicar y con efecto se han aplicado á la redempción de parte de dhas.