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1.o Que el tribunal superior ó audiencia territorial, que como se ha dicho, se compone de un rejente, cinco ministros y dos fiscales, se divida en dos salas, y se abra turno á los negocios, y con solo el aumento de subalternos está adoptada una de las medidas mas importantes para garantir y asegurar la propiedad y libertad individual conforme á la ley constitucional, que en todas instancias quiere y ordena sean diversos los jueces que fallan ; aunque mas provechoso fuera dotar aquella audiencia con dos salas de cuatro ministros en cada una, el rejente y dos fiscales por razones muy al alcance de todos, y ser la audiencia de mas estension de territorio, y la dotada con mas escasez de ministros.

Ahora bien: si para una sola sala de un rejente, cinco ministros y dos fiscales hay ademas de sus tareas ordinarias tantos cargos y comisiones de tanta gravedad y ocupacion como asi es, ¿como puede concebirse que se administre pronta justicia en ningun ramo?

Tal idea no puede hallar eco ni acojida alguna, no solo en el ánimo del Rejente del Reino ni en el de los individuos del gabinete que hoy rije los destinos de la nacion, ni en el de los Cuerpos colejisladores; pero ni aun en la clase mas vulgar del pueblo: por lo que los filipinos pueden estar seguros y satisfechos que á su acrisolada y hasta hoy no desmentida lealtad no corresponderá el gobierno con una cesion de sus hermosas provincias á favor de ninguna nacion estraña, por ningun título ni por ningun precio.

Habiendo poco ha llegado á mis manos un folleto publicado en Madrid por A. J. P., bajo el título: Al Rejente del Reino y á la nacion en la actual crisis ministerial, y con los artículos garantías nacionales. Estado civil. Su abatimiento. Su rejeneracion. Abolicion de la empleo-manía.

La sala llamada de justicia, que es la que conoce en segunda instancia de los autos apelados del tribunal mayor y audiencia de cuentas, la componen igualmente tres señores ministros, y con vista del fiscal de lo civil, que lo es de la hacienda, conocen y fallan sobre tales autos, cuyos espedientes, procesos ó causas, pues á algunos los tres nombres le caben, son de suyos voluminosos, y complicados por su naturaleza é infinidad de puntos que abrazan, por lo que son objeto de ocupacion y gravedad; y aunque no de tanta, tambien distraen y ocupan los mismos negocios cuando estando en curso, son consultados á la sala ó junta llamada de ordenanza, que la componen el señor rejente ó ministro mas antiguo con el fiscal de lo civil, donde como para asesorarse, los remite á consulta el contador mayor cuando le parece.

Esto es una monstruosidad que demanda pronta reforma; pues se repite, es escandaloso que un empleado tan subalterno como lo es el alcalde mayor colector del tabaco, esté nivelado en sueldo con el capitan jeneral de las Islas, y lo goce dos veces, y aun tres, mayor que las autoridades superiores de las mismas Islas, como son el intendente, rejente, oidores, contador mayor, y ministros de la Hacienda pública en Filipinas, etc.

Un rejente, cinco ministros y dos fiscales; su dotacion, que muy pocas veces se ve completa, y bajo el réjimen y forma de sustanciacion legal ordinaria que se observa, es imposible y de toda imposibilidad pueda dar pronto curso y fallo á los asuntos de su atribucion.