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Por ende: debemos declarar y declaramos al dicho Juan Ponce, haber sido y ser hereje, apóstata, luterano, dogmatizador y enseñador de la dicha secta de Lutero y sus secuaces: hallándose en algunos ayuntamientos y conventículos con otras personas secretamente, á donde se trataba de la dicha maldita secta y sus errores, en grandísima ofensa de Dios Nuestro Señor y de su Santa Fe católica y Ley evangélica, y haber sido justo y disimulado confitente, y que las confesiones que hizo fueron más por reservar la vida que por salvar el alma, y por ello haber caído é incurrido en la Sentencia de Excomunión mayor, y estar ligado de ella y en todas las otras penas en que caen é incurren los tales herejes, luteranos, dogmatizadores y enseñadores de nueva secta y errores que, á título de cristianos, hacen y cometen semejantes delitos; y en confiscación y perdimiento de todos sus bienes, en los cuales le condenamos y aplicamos á la Cámara y Fisco de S. M. desde el tiempo que cometió dichos delitos á esta parte, cuya declaración en nos reservamos.
Palabra del Dia
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