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Actualizado: 17 de mayo de 2025
Si se los ha expropiado, bien la indemniza. El Estado puede expropiar, indemnizando, para utilidad pública. Sin embargo, aunque no hubiera tal indemnización, el caso no es idéntico. Ninguna asociación tiene por sí los derechos radicales e imprescriptibles de los individuos que la componen. El Estado es asociación suprema, a la cual están sometidas las otras, sin que puedan existir en contra suya.
No nos venga usted con sofismas interrumpió el boticario . Sí cada uno de los individuos que se asocian tienen singularmente derechos imprescriptibles, incluso el de asociarse, y si no hay rey ni roque que pueda despojar a nadie a su antojo de la hacienda y de la vida, ¿cómo se explica que no persista en la suma lo que preexistía aisladamente en cada uno de los sumandos?
Palabra del Dia
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