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Antes de la reforma, la contribución única directa que al natural de aquellas provincias se le exigía por el Estado, que hasta sagrada era para aquel, puesto que su imposición data casi de la época de la conquista, era la conocida por tributo, obligando su pago á todos los comprendidos entre los 18 y 60 años de edad; cumplidos los cuales dábaseles de baja en el padrón tributario, á su instancia, pasando á ser inscritos en el de «reservados por edad.» Y para justificar la aseveración que antes hemos apuntado de ser á los ojos del natural hasta sagrado este impuesto, citaremos el hecho á nosotros ocurrido con frecuencia de negarse muchos sexagenarios á dejar de tributar.
Palabra del Dia
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